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Una mujer se somete a un test rápido por SARS-COV2 en Ecuador. (Rafael Rodriguez/NurPhoto via Getty Images)

¿Cómo se ha gestionado la transparencia, el acceso a la información y la protección de datos personales ante la emergencia sanitaria por COVID-19 en el contexto iberoamericano y cuáles son los restos?

El mundo está enfrentando una crisis sin precedentes. La pandemia generada por la COVID-19 ha afectado a todas las regiones del mundo como ningún otro suceso en los últimos 100 años. A diferencia de otros cambios políticos, sociales y económicos, sus efectos se han hecho sentir de manera inmediata sobre la población y sus impactos están todavía difusos en un horizonte de recuperación lenta.

En el mundo, la crisis sanitaria ha sido devastadora incluso en países con sólidos sistemas institucionales. En la región de América Latina, la emergencia provocada por el virus SARS-CoV-2 ha puesto de relieve debilidades estructurales que se venían acarreando en las últimas tres décadas.

En una pandemia y, en general ante cualquier emergencia, la información es necesaria. Más aún, cuando la autoridad es quien asume la obligación de informar a la población. Es una regla indispensable en las democracias y en las relaciones entre el Gobierno y la sociedad.

La toma de decisiones en momentos críticos no puede realizarse en un velo de ignorancia, como diría John Rawls. Por el contrario, el sustento que apuntala la decisión tomada se construye a partir de insumos informativos que aportarán objetividad y sobre todo, fiabilidad al decidir.

En este sentido, la transparencia, el acceso a la información y la protección de datos personales se convierten en pilares fundamentales capaces de brindar confianza a los ciudadanos. Con ellos, se promueve la rendición de cuentas con los controles adecuados capaces de reducir la discrecionalidad en las decisiones por parte de las autoridades. En tiempos de crisis, la necesidad de actuar de manera flexible y expedita no pueden abrir paso a la opacidad y abusos por parte de ningún actor gubernamental.

Con la crisis provocada por la COVID-19 en la región de Iberoamérica, los órganos garantes del derecho de acceso a la información y de protección de datos personales han jugado un papel clave en brindar resoluciones que permitan salvaguardar estos derechos. De tal forma, la actuación de estas instituciones se ha enfocado en fortalecer los esfuerzos estatales para contrarrestar el efecto pernicioso que la pandemia ha provocado en la zona.

En Iberoamérica, la arquitectura del derecho de acceso a la información es heterogénea. Por un lado, se encuentran los países que reconocen de manera explícita el derecho de acceso a la información como fundamental; mientras que en otros no se da establecido rango a la prerrogativa. Con la finalidad de tutelar estos derechos, a lo largo de la última década, se han creado organismos encargados específicamente de salvaguardarlos o se han incorporado nuevas unidades a ministerios nacionales. A nivel regional, en 2011, se puso en marcha la Red de Transparencia y Acceso a la Información (RTA), que actualmente agrupa a 37 instituciones. Una clase de un foro para los órganos garantes con la finalidad de mantener un espacio permanente y formal de diálogo, cooperación, intercambio de conocimientos y experiencias en la materia.

Con estos arreglos institucionales y mediante el desarrollo de esquemas de asistencia mutua entre pares, las autoridades han tratado de hacer frente a la pandemia en materia de acceso a la información. Ante la emergencia y las medidas adoptadas por gobiernos, los organismos garantes de la región tuvimos como primer reto, determinar la procedencia de la suspensión de plazos administrativos. Posteriormente, nos enfrentamos a la disyuntiva sobre si era viable dejar de lado a aquellas instancias públicas y privadas que no eran indispensables en momentos como estos, pero dejar abiertas al escrutinio público y, a la vez, al resguardo de la confidencialidad, a aquellas instituciones cuyas actividades se tornaron en esenciales como parte de la prevención y el combate a la pandemia: salud, seguridad pública, vías de comunicación, infraestructura, entre otros.

En este contexto sin precedentes y ante la incertidumbre: Bolivia, Honduras, Argentina, El Salvador, España, México, Panamá, Perú y República Dominicana establecieron en un primer momento la suspensión de plazos administrativos, que en la práctica implicó que no se pudieran completar los procesos relativos a las solicitudes de información. En Guatemala, estas no fueron contempladas dentro de la suspensión de términos, con lo cual se siguió garantizando ese derecho. De la misma forma, en Chile se señaló que el derecho de acceso a la información no se suspendía durante la emergencia. Por su parte, en Uruguay, se buscó orientar a los sujetos obligados para que pudieran cumplir con sus obligaciones en el contexto específico que rodeaba a su institución.

Conforme avanzó el tiempo, se hizo palpable la necesidad de levantar los plazos administrativos en aquellos países que habían sido suspendidos, a la vez que comenzaron a realizarse actividades de manera virtual. Por ejemplo, la Defensoría del Pueblo de Ecuador puso en marcha un servicio de asesoría en línea. Mientras que en Perú se comenzaron a idear esquemas para hacer obligatorias y asequibles las solicitudes de información presentadas por vía electrónica. También se crearon y fomentaron el fortalecimiento de capacitaciones en línea como en el caso de la Unidad de Acceso a la Información Pública de Uruguay, la Contraloría General de la Unión de Brasil y la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información de Panamá.

En su ámbito de acción, en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos se ha dispuesto, a través de los precedentes de la Corte Interamericana y de recomendaciones de la Comisión derivadas con motivo de esta pandemia, que el derecho a saber es indispensable para ejercer otros fundamentales que, en este momento, adquieren un mayor peso específico, como los derechos a la vida y a la salud. En este punto, es crucial señalar la Resolución No. 01/2020 Pandemia y Derechos Humanos en las Américas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que busca delinear directrices de actuación con la finalidad de tutelar la mayor cantidad de Derechos Humanos posibles.

Los órganos garantes que forman la Red de Transparencia y Acceso a la Información junto al Programa de la Unión Europea EUROsociAL+, de la FIIAPP, han desarrollado un estudio para fortalecer la transparencia, el acceso a la información y la protección de datos personales ante un contexto de emergencia sanitaria, y en específico en el de la COVID-19. De la misma forma, emitieron una resolución en la cual apuntaban la importancia de la transparencia y el acceso a la información en tiempos de incertidumbre.

En México, el sistema de derechos fundamentales señala la cualidad del acceso a la información como un derecho-llave para la satisfacción de otras prerrogativas. Esa es la razón esencial del porqué fui partícipe de que el INAI resolviera que una suspensión de plazos y de actividades absoluta, en este contexto, no era la solución. Por el contrario, el derecho de acceso a la información y la protección de datos personales tenían que estar más vivos que nunca en esta situación de pandemia.

Ahora bien, como retos afrontados, hay que destacar que el acceso a la documentación en formato electrónico ha sido uno de los mayores desafíos afrontados en materia de acceso a la información. En este punto, la gestión documental digital es una de las piezas clave para garantizar el acceso a la información pública en situaciones de emergencia. Así, se reconoce que los/as funcionarios/as públicos/as tienen ciertos obstáculos al trabajar desde su domicilio al no contar con archivos digitalizados o en formato físico que permitan desempeñar su labor.

Otro reto importante a tomar en cuenta es la seguridad informática y la protección de datos personales pues es preciso preguntarse si la digitalización acelerada trae aparejados riesgos a los/as ciudadanos/as. El intercambio de información reservada y personal no solo debe ser vista como una transacción sino como un aspecto clave que hay que observar con detenimiento para evitar vulneraciones a la privacidad.

El reto más importante es el cómo eliminar las brechas digitales pues la digitalización ha supuesto un obstáculo en el ejercicio del derecho de acceso a la información y la protección de datos personales para todas aquellas personas que no cuentan con acceso a Internet. Por tanto, se deben poner en marcha estrategias enfocadas a fortalecer el acceso a la Red a la población con la finalidad de ampliar el espectro de derechos asequibles a la población.

Es claro que el Derecho a la Información es uno de esos medios por virtud de los cuales se protegen la vida y la salud. Indudablemente, las medidas sanitarias, los cuidados médicos, las acciones de prevención, entre otras, son instrumentos para proteger nuestra vida y nuestro estado de salud. Pero también, hay otros mecanismos fuera de la órbita médica, que cumplen con la misma función, siendo el acceso a la información uno de ellos.

En las emergencias, los Gobiernos deben rendir cuentas con mayor razón que las que existen en tiempos de normalidad. Por eso se hace necesaria la posibilidad jurídica de cualquier persona de preguntar y conocer qué están haciendo las autoridades en esta clase de casos que, a veces, adquieren los tintes de una tragedia nacional.