• Oxford University Comparative Law Forum,
    2004, en la Red.

 

Se dice que Albert Einstein, que sabía algo de números, celebraba
el interés compuesto como "el mayor descubrimiento matemático
de nuestro tiempo". Piénselo: si invierte 100 euros a un interés
simple anual del 10%, a los 12 meses tendrá 110 euros. Pero si invierte
la misma cantidad al mismo interés compuesto cuatrimestralmente, termina
el año con 110,47 euros, porque el interés compuesto añade
interés sobre el interés. Con el paso del tiempo, el interés
compuesto puede producir gigantescos beneficios económicos. Curiosamente,
legisladores y jueces de todo el mundo se muestran reticentes a la hora de
extender la riqueza. "En el mundo económico de hoy", explica
el catedrático de Derecho de la Universidad de Villanova John Gotanda
en el Oxford University Comparative Law Forum, en la Red, "el interés
compuesto, y no el sencillo, es la norma tanto en financiación de terceros
como en vehículos de inversión". Esta aparente discrepancia
menor representa una extraña excepción en la transformación
hacia la armonización y los patrones comunes que se produce en la economía
global. Los fallos judiciales en las disputas empresariales a menudo obligan
al perdedor a pagar intereses. Es habitual porque los demandantes pierden no
sólo el beneficio o el valor perdido, sino, además, capacidad
de invertir o explotar ese valor. Los prejuicios contra el pago con interés
compuesto parecen nacer de la creencia equivocada por parte de muchos tribunales
de que estos pagos están prohibidos: un tribunal de distrito de EE UU
sentenció en 2000 que "la prohibición del interés
compuesto está tan asentada que podría considerarse un principio
de derecho consuetudinario internacional". Sin embargo, Gotanda analiza
la legislación al respecto en Europa, Asia, Australia, Nueva Zelanda
y las Américas, y descubre que algunos países "prohíben
[el interés compuesto], otros lo permiten en determinadas circunstancias
y ciertas legislaciones no se pronuncian". En Italia, por ejemplo, el
culpable debe pagar intereses compuestos sólo cuando las dos partes
lo hubieran acordado así anteriormente y el interés lleve un
retraso de al menos seis meses. En Bélgica, el retraso debe ser de un
año completo antes de permitir el interés compuesto. Y en México
están prohibidos, salvo que las partes así lo hayan acordado.


¿Un gran
inversor?:
A Einstein le entusiasmaba el interés
compuesto.

Los tribunales especiales que resuelven disputas comerciales transnacionales
también suelen optar por pagos con interés sencillo, explica
Gotanda.

Sin embargo, recientemente, algunos tribunales han empezado a dictar sentencias
que incluyen pagos con interés compuesto. En 2002, el Centro Internacional
para la Resolución de Disputas de Inversión falló a favor
de Wena Hotels Ltd. (Reino Unido) por valor de 8,1 millones de dólares
(unos 6,3 millones de euros), en su demanda contra Egipto sobre unas propiedades
expropiadas en 1991, pero percibió unos 11,4 millones de dólares
en daños con intereses compuestos. ¡Vaya con esos 47 céntimos!

Gotanda sostiene que los pagos con intereses compuestos tienen sentido sólo
cuando todas las partes lo hayan acordado previamente, cuando el incumplimiento
de la parte acusada provoque que el demandante incurra en recargos de interés
compuesto o cuando el demandante pueda probar que habría ganado intereses
compuestos sobre el dinero que le deben. Y en un ambiente empresarial global
en el que prevalece el interés compuesto, al menos una de esas condiciones
suele darse.

Es difícil imaginar que dure esta divergencia entre el negocio y el
derecho. En una economía globalizada, los patrones transnacionales emergen
en todo, desde las prácticas contables a la protección de la
propiedad intelectual. A partir de 2005, por ejemplo, las compañías
que cotizan en Bolsa tendrán que acatar la normativa de informes financieros
del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, en sus siglas
en inglés) de Londres. El IASB trabaja también con funcionarios
contables de EE UU para establecer un idioma global común para los informes.
Además, en un momento en que los numerosos fraudes empresariales pueden
generar cuantiosos pagos por daños, la diferencia entre el interés
compuesto y el sencillo no podrá pasarse por alto.

¿Por qué ha avanzado con tanto retraso la práctica legal?
Gotanda especula con la posibilidad de que algunas leyes proceden de tiempos
en que las disputas se arreglaban rápido y no importaba mucho la diferencia
entre el interés sencillo y el compuesto. El autor convence menos cuando
se pregunta si los jueces y legisladores del pasado preferían el interés
simple porque carecían de los ordenadores necesarios para calcular el
compuesto. Esa suposición parece algo injusta: los historiadores de
la economía sitúan el origen del concepto del interés
compuesto en 2000 a. C. en Sumeria y Babilonia. Como el propio interés
compuesto, la influencia de estos antiguos pensadores se siente mucho a largo
plazo.

ENSAYOS, ARGUMENTOS Y OPINIONES DE TODO EL PLANETA

Carlos Lozada

Oxford University Comparative Law Forum,
2004, en la Red.

Se dice que Albert Einstein, que sabía algo de números, celebraba
el interés compuesto como "el mayor descubrimiento matemático
de nuestro tiempo". Piénselo: si invierte 100 euros a un interés
simple anual del 10%, a los 12 meses tendrá 110 euros. Pero si invierte
la misma cantidad al mismo interés compuesto cuatrimestralmente, termina
el año con 110,47 euros, porque el interés compuesto añade
interés sobre el interés. Con el paso del tiempo, el interés
compuesto puede producir gigantescos beneficios económicos. Curiosamente,
legisladores y jueces de todo el mundo se muestran reticentes a la hora de
extender la riqueza. "En el mundo económico de hoy", explica
el catedrático de Derecho de la Universidad de Villanova John Gotanda
en el Oxford University Comparative Law Forum, en la Red, "el interés
compuesto, y no el sencillo, es la norma tanto en financiación de terceros
como en vehículos de inversión". Esta aparente discrepancia
menor representa una extraña excepción en la transformación
hacia la armonización y los patrones comunes que se produce en la economía
global. Los fallos judiciales en las disputas empresariales a menudo obligan
al perdedor a pagar intereses. Es habitual porque los demandantes pierden no
sólo el beneficio o el valor perdido, sino, además, capacidad
de invertir o explotar ese valor. Los prejuicios contra el pago con interés
compuesto parecen nacer de la creencia equivocada por parte de muchos tribunales
de que estos pagos están prohibidos: un tribunal de distrito de EE UU
sentenció en 2000 que "la prohibición del interés
compuesto está tan asentada que podría considerarse un principio
de derecho consuetudinario internacional". Sin embargo, Gotanda analiza
la legislación al respecto en Europa, Asia, Australia, Nueva Zelanda
y las Américas, y descubre que algunos países "prohíben
[el interés compuesto], otros lo permiten en determinadas circunstancias
y ciertas legislaciones no se pronuncian". En Italia, por ejemplo, el
culpable debe pagar intereses compuestos sólo cuando las dos partes
lo hubieran acordado así anteriormente y el interés lleve un
retraso de al menos seis meses. En Bélgica, el retraso debe ser de un
año completo antes de permitir el interés compuesto. Y en México
están prohibidos, salvo que las partes así lo hayan acordado.


¿Un gran
inversor?:
A Einstein le entusiasmaba el interés
compuesto.

Los tribunales especiales que resuelven disputas comerciales transnacionales
también suelen optar por pagos con interés sencillo, explica
Gotanda.

Sin embargo, recientemente, algunos tribunales han empezado a dictar sentencias
que incluyen pagos con interés compuesto. En 2002, el Centro Internacional
para la Resolución de Disputas de Inversión falló a favor
de Wena Hotels Ltd. (Reino Unido) por valor de 8,1 millones de dólares
(unos 6,3 millones de euros), en su demanda contra Egipto sobre unas propiedades
expropiadas en 1991, pero percibió unos 11,4 millones de dólares
en daños con intereses compuestos. ¡Vaya con esos 47 céntimos!

Gotanda sostiene que los pagos con intereses compuestos tienen sentido sólo
cuando todas las partes lo hayan acordado previamente, cuando el incumplimiento
de la parte acusada provoque que el demandante incurra en recargos de interés
compuesto o cuando el demandante pueda probar que habría ganado intereses
compuestos sobre el dinero que le deben. Y en un ambiente empresarial global
en el que prevalece el interés compuesto, al menos una de esas condiciones
suele darse.

Es difícil imaginar que dure esta divergencia entre el negocio y el
derecho. En una economía globalizada, los patrones transnacionales emergen
en todo, desde las prácticas contables a la protección de la
propiedad intelectual. A partir de 2005, por ejemplo, las compañías
que cotizan en Bolsa tendrán que acatar la normativa de informes financieros
del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, en sus siglas
en inglés) de Londres. El IASB trabaja también con funcionarios
contables de EE UU para establecer un idioma global común para los informes.
Además, en un momento en que los numerosos fraudes empresariales pueden
generar cuantiosos pagos por daños, la diferencia entre el interés
compuesto y el sencillo no podrá pasarse por alto.

¿Por qué ha avanzado con tanto retraso la práctica legal?
Gotanda especula con la posibilidad de que algunas leyes proceden de tiempos
en que las disputas se arreglaban rápido y no importaba mucho la diferencia
entre el interés sencillo y el compuesto. El autor convence menos cuando
se pregunta si los jueces y legisladores del pasado preferían el interés
simple porque carecían de los ordenadores necesarios para calcular el
compuesto. Esa suposición parece algo injusta: los historiadores de
la economía sitúan el origen del concepto del interés
compuesto en 2000 a. C. en Sumeria y Babilonia. Como el propio interés
compuesto, la influencia de estos antiguos pensadores se siente mucho a largo
plazo.

Carlos Lozada es investigador Knight-Bagehot
en periodismo económico y empresarial en la Universidad de Columbia.