Ganador de la UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS, con su proyecto «LA TRAMPA DE LA DIPLOMACIA DE LA DEUDA», que puede leer aquí:

¿Qué relación hay entre el estado del bienestar, los derechos civiles, la autonomía de gobierno en nuestros Estados y las políticas de Pekín? La respuesta la podríamos encontrar en la denominada “Trampa de la Diplomacia de la Deuda” planteada por el analista Brahma Chellaney. Esta teoría consiste en financiación para deuda o grandes proyectos, bajo condiciones de devolución, intereses y amortización del capital muy difíciles de cumplir. Llegado el momento, los estados no pueden cumplir los plazos y los acreedores exigen los bienes en los que se ha invertido o favores geopolíticos. El gigante asiático ha sido acusado de llevar a cabo estas prácticas, no solo por sus inversiones en la “Nueva Ruta de la Seda” sino también por los desembolsos que ha llevado a cabo en infraestructuras, deuda soberana o empresas con alto interés estratégico. China maquilla sus adquisiciones haciéndolas pasar por inversiones comerciales privadas, sin embargo, el mayor accionista de estas empresas es el Gobierno Chino.

Aunque la mayor parte de los ejemplos de estas inversiones las encontramos en África y Sudamérica, Pekín también ha puesto interés en Europa. Prueba de ello son sus inversiones en los puertos de Pireo, Tesalónica, Venecia, Rotterdam, Valencia o Bilbao dónde posee más de la mitad de las acciones. También posee una fuerte presencia en los aeropuertos de Tirana, Frankfurt-Hahn, Heathrow y Toulouse o una autopista en Montenegro por valor del 25% de su PIB que ha sido entregada al gobierno chino al ser incapaz de cumplir con los pagos. Sobre la deuda soberana, encontramos principalmente a los países del sureste como Grecia y España. Finalmente, las empresas clave son variadas: recursos energéticos (plataformas de Repsol en el mar del Norte, plantas solares  españolas, empresas de crudo y gas irlandesas, la portuguesa EDP, la francesa de gas Engine SA), centrales nucleares (la española Ghesa y  dos centrales en Rumanía y Bulgaria) armamentísticas (la italiana de drones militares AlpiAviation o la estonia de aviones Magnetic MROAS). Podemos analizar las consecuencias en dos aspectos; seguridad y soberanía. En cuanto a seguridad, el ejemplo claro es Yibuti dónde lo que en inicio era un puerto, ahora es la primera base naval china fuera de su territorio, con una ubicación geoestratégica clave en el comercio mundial entre Europa, Asia y África. Asimismo, supone una amenaza a la seguridad la adquisición de nuevas tecnologías militares obtenidas mediante la adquisición de empresas como la italiana de drones. Relativo a la soberanía, un ejemplo cercano es España. Las declaraciones en 2014 del ministro de Asuntos Exteriores, asegurando que China poseía cerca del 20% de la deuda pública española y que dañar las relaciones provocaría una venta masiva y un ascenso de la prima de riesgo puso de relieve esta realidad. La polémica se enmarcaba en la orden de detención española sobre dos expresidentes por crímenes de lesa humanidad gracias al principio de justicia universal español. La respuesta del ejecutivo fue cambiar la LOPJ, acabando con el principio de justicia universal español. Asimismo, la soberanía tiene más campos como el energético, si China quiere, puede reducir la producción de las plantas que posee, aumentando los precios y el desabastecimiento.

China lleva años tanteando el terreno, estudiando la reacción del mundo ante el establecimiento de bases en el extranjero como la de Yibuti o Sri Lanka. La falta de acción y condena ha dado alas al gigante asiático para continuar con su estrategia en otras áreas como Europa. El control de puertos y otras infraestructuras supone una fuente de información sobre los flujos comerciales muy importante para el desarrollo chino. No es arriesgado decir que China no es un país que brille por sus valores democráticos, si su modelo triunfa otros estados pueden seguir su ejemplo suponiendo un retroceso en los valores que defienden EE. UU. y la UE. Ambos tienen un reto por delante marcado por evitar la acción inversora excesiva china en sectores críticos. Deben establecerse normas relativas a las inversiones extrajeras centradas en más transparencia en los procesos de licitación, respeto a las normas internacionales y mecanismos de control para las inversiones. La UE ha venido regulando estos aspectos, con el Reglamento 2019/452 que establece mecanismos de control y veto de inversiones en sectores críticos, el Mecanismo de Escrutinio de Inversiones entre otros, por su parte EE. UU. debe reforzar su norma FDPR y seguir de cerca la inversión extranjera mediante la CFIUS. La ambición del proyecto europeo y su alianza con EE. UU. es innegable, ahora deben hacer valer su rol como ejemplo de transparencia en contratación comercial e inversiones, no solo para los países de la Unión sino también con sus vecinos en vías de desarrollo muy afectados por las políticas de Pekín y dónde pueden surgir nuevas oportunidades de cooperación e inversión.

Bibliografía consultada 

  1. La_deuda_Espanol
  2. How_China_Is_Buying_Its_Way_Into_Europe
  3. Lessons_from_Sri_Lanka_on_China’s_’debt-trap_diplomacy’ – ISS_Africa
  4. China,África_y_la_deuda_trampa – IEEE
  5. ¿Cuánta_deuda_española_tiene_el_gobierno_chino? – Real_Instituto_Elcano