Joseph Esposito acierta al señalar que se ha incrementado la producción
creativa. Su aseveración de que la sobreprotección de los derechos
de autor no es dañina, sin embargo, resulta menos consistente. Durante
la mayor parte de la década de los 60, la economía de la Unión
Soviética creció de forma sustancial. Sin embargo, no podría
inferirse a partir de ese único indicador que no hay nada que criticar
en la regulación de la economía soviética.

De forma más general, en mi opinión, es una forma de abordar
la cuestión al revés. El sumamente ineficiente sistema de regulación
que llamamos derechos de autor es, sobre todo, una limitación de la
libertad de expresión. Desde mi punto de vista, aunque se necesita algún
tipo de copyright, toda normativa que coarta de forma tan clara la libertad
de expresión debería al menos justificarse. Aunque el Tribunal
Supremo de EE UU obliga al Congreso a justificar, por ejemplo, una regulación
de la pornografía, poniendo a prueba la Primera Enmienda, todavía
no se ha aplicado el mismo criterio a los derechos de autor. Esta diferencia
fomenta sencillamente la ineficiencia que el Congreso ha permitido desarrollar.

Joseph Esposito acierta al señalar que se ha incrementado la producción
creativa. Su aseveración de que la sobreprotección de los derechos
de autor no es dañina, sin embargo, resulta menos consistente. Durante
la mayor parte de la década de los 60, la economía de la Unión
Soviética creció de forma sustancial. Sin embargo, no podría
inferirse a partir de ese único indicador que no hay nada que criticar
en la regulación de la economía soviética.

De forma más general, en mi opinión, es una forma de abordar
la cuestión al revés. El sumamente ineficiente sistema de regulación
que llamamos derechos de autor es, sobre todo, una limitación de la
libertad de expresión. Desde mi punto de vista, aunque se necesita algún
tipo de copyright, toda normativa que coarta de forma tan clara la libertad
de expresión debería al menos justificarse. Aunque el Tribunal
Supremo de EE UU obliga al Congreso a justificar, por ejemplo, una regulación
de la pornografía, poniendo a prueba la Primera Enmienda, todavía
no se ha aplicado el mismo criterio a los derechos de autor. Esta diferencia
fomenta sencillamente la ineficiencia que el Congreso ha permitido desarrollar.

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